Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
15-12-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101215-282

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

282
Demanda 535 de 2010

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 535 de 2010 (recurso 126 de 2010) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hassane Takfaoui, contra la empresa “Consultores de Mantenimientos Integrales”, “Confort Cleaning Systems, Sociedad Limitada”, “CC New Siystem, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 26 de julio de 2010 siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Gracia Fernández Morán.—En Madrid, a 26 de julio de 2010.

Notificada la sentencia a todas las partes del procedimiento. Se tiene por anunciado recurso de suplicación por la parte actora contra la sentencia dictada en este proceso. Se advierte al letrado don Manuel Ruiz Brit, designado por la parte recurrente, que quedan a su disposición los autos en esta Secretaría para que, en el plazo de una audiencia, se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición. De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso. Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).

El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, sita en “Banesto”, calle Orense, número 19, número de cuenta corriente 2522.

b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/1143/ 50/0000000000, y en conceptos indicar el número de cuenta corriente 2522, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CC New Siystem, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.208/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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