Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101213-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

134
Demanda 988 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 988 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Graciela Diego Romero y don Daniel Fadón Rosete, contra la empresa “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 584 de 2010, de fecha 3 de noviembre de 2010):

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por doña Graciela Diego Romero y don Daniel Fadón Rosete, contra “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a abonar a:

1.o Doña Graciela Diego Romero: la cantidad de 1.449,73 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

2.o Don Daniel Fadón Rosete: la cantidad de 2.330,14 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hess Iluminación y Mobiliario Urbano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.031/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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