Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
08-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101208-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

15
Ejecución 265 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 265 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Agudo Muñoz, contra las empresas “Distrade, Sociedad Limitada”, “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada”, e “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña María del Carmen Agudo Muñoz, frente a “Distrade, Sociedad Limitada”, “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada”, e “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 41.945,45 euros en concepto de principal, más otros 2.936,18 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 4.194,54 euros de las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Distrade, Sociedad Limitada”, “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada”, e “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.499/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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