Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101207-212

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

212
Demanda 863 de 2010-E

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 863 de 2010-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Osvaldo Sarmiento Ortega, contra la empresa “Convertibles Gama, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 21 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Osvaldo Sarmiento Ortega, frente a “Convertibles Gama, Sociedad Anónima”, en materia de despido.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda, sin perjuicio del criterio de su señoría la magistrada-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 8 de noviembre de 2010, a las once y cuarenta horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes: ha lugar, y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio de la demandante asistida de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Se indica también a las partes: que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, se indica a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2.850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Acta

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.—Ante el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, don Francisco Juan Sánchez Delgado, con asistencia de mi, la secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado, comparecen: como demandante, don Osvaldo Sarmiento Ortega, con documento nacional de identidad numero 49021433-S, asistido por el letrado don José Tomás Ausín García, colegiado número 70.629, y como demandada, “Convertibles Gama, Sociedad Anónima”, no comparece, no consta citada.

Ante la incomparecencia de la empresa demandada por falta de citación, su señoría ilustrísima acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el día 20 de diciembre de 2010, a las diez y diez horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación. Acordando se expida exhorto al objeto de citar a la empresa demandada al acto del juicio, emplazar al Fondo de Garantía Salarial y notificar por edictos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Convertibles Gama, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.561/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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