Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101207-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción del Suelo

Departamento de Gestión Zona I

48
Proyecto reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 04.02 Ardemans-Méjico

La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 14 de octubre de 2010, y en el expediente administrativo con Régimen General 711/2005/4.948, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 88.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Proyecto de Reparcelación del Área del Planteamiento Remitido 04.02, “Ardemans-Méjico”, con estimación parcial o desestimación de las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública, en los términos y con arreglo a las consideraciones que se recogen en el informe emitido por los servicios técnicos de la Subdirección General de Promoción del Suelo de la Dirección General de Gestión Urbanística de fecha 23 de septiembre de 2010.

Segundo.—Disponer el ingreso de la cantidad de 2.050,125 euros en concepto de compensación económica sustitutoria del aprovechamiento urbanístico municipal que deberá efectuarse en la Tesorería Municipal, concepto 39700, “Aprovechamientos Urbanísticos”, del estado de ingresos del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente acuerdo.»

Con la publicación del presente anuncio se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el contenido del precedente acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el supuesto de que se optase por interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será el de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de su resolución, y en el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo es de seis meses a contar desde el siguiente día en que debe entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por Ley Orgánica 1/2003, de 23 de diciembre. Sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—El director de la Oficina del secretario de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, PS, el subdirector general, Cirilo García Teresa.

(02/11.021/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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