Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2010

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101207-11

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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ORDEN 5684/2010, de 18 de noviembre, por la que se adjudican los Premios Extraordinarios de Música y los Premios Extraordinarios de Danza de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2009-2010.

Mediante la Orden 4573/2009, de 15 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de noviembre), la Consejería de Educación aprobó las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Música y de los Premios Extraordinarios de Danza que han de convocarse anualmente en la Comunidad de Madrid, y convocó los correspondientes al curso académico 2008-2009.

Por su parte, la Orden 3613/2010, de 29 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de julio), ha convocado los Premios Extraordinarios de Música y los Premios Extraordinarios de Danza de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2009-2010.

Una vez celebradas las pruebas correspondientes al mencionado curso académico 2009-2010 y publicada la propuesta definitiva de cada uno de los premios, procede adjudicar dichos premios mediante Orden, de conformidad con el artículo 11 de la citada Orden 4573/2009, de 15 de octubre.

En su virtud,

DISPONGO

Artículo 1

Adjudicación de premios

Por la presente Orden se adjudican los Premios Extraordinarios de Música correspondientes al curso 2009-2010 en la Comunidad de Madrid a los alumnos relacionados en el Anexo I de esta Orden, y se adjudican los Premios Extraordinarios de Danza correspondientes al curso 2009-2010 en la Comunidad de Madrid a los alumnos relacionados en el Anexo II de esta Orden.

Artículo 2

Asignación económica

1. El presupuesto asignado para financiar la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Música correspondiente a 2009-2010 asciende a 5.000 euros.

2. El presupuesto asignado para financiar la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Danza correspondiente a 2009-2010 asciende a 2.000 euros.

3. La dotación de cada Premio Extraordinario en la convocatoria 2009-2010 asciende a 1.000 euros, que se harán efectivos con cargo a la partida 48390 del programa presupuestario 506.

Artículo 3

Exención del pago en estudios superiores

La obtención del Premio Extraordinario de Música o del Premio Extraordinario de Danza de la Comunidad de Madrid en el curso académico 2009-2010 dará derecho a la exención del pago de precios públicos por el primer curso completo en las enseñanzas superiores de Música, Danza o Arte Dramático en un centro de titularidad de la Comunidad de Madrid, independientemente del año de matriculación en dichas enseñanzas superiores.

Artículo 4

Consignación de la obtención del Premio Extraordinario de Música y del Premio Extraordinario de Danza.

Los secretarios de los centros en los que obra el expediente académico personal de cada uno de los premiados, así como, en su caso, los secretarios de los centros públicos a los que se adscriben los mismos, procederán a cumplimentar en los documentos de evaluación la diligencia que dé cuenta de la obtención del Premio Extraordinario de Música o del Premio Extraordinario de Danza de la Comunidad de Madrid correspondientes a 2009-2010, todo ello conforme a lo establecido en la Orden 1031/2008, de 29 de febrero, de la Consejera de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación en las enseñanzas profesionales de Música y los documentos de aplicación, y en la Orden 1618/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la evaluación en las enseñanzas profesionales de Danza y los documentos de aplicación. Los modelos de diligencia son los que se recogen en el Anexo III de esta Orden.

Artículo 5

Diploma acreditativo

Los alumnos que han obtenido el Premio Extraordinario de Música o el Premio Extraordinario de Danza de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2009-2010 recibirán, además de las dotaciones a la que se refieren los artículos 2 y 3, un diploma acreditativo de tal distinción, en el que figurarán la especialidad por la que participaron y el año de convocatoria 2009-2010.

Artículo 6

Ceremonia de entrega de los premios

La Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales hará pública la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los premios. En la ceremonia, los galardonados intervendrán con una participación musical o dancística de libre elección.

Artículo 7

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el propio órgano que la ha dictado, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden.

Madrid, a 18 de noviembre de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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(03/45.657/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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