Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101130-247

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

247
Demanda 1.366 de 2009

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.366 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Clece, Sociedad Anónima”, contra doña Isabel García Sacristán, doña María Luz Alonso Pacheco y doña María Luisa Alcázar Lucas, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente las demandas formuladas por la empresa “Clece, Sociedad Anónima”, en materia de reclamación de cantidad, contra doña Isabel García Sacristán, doña María Luisa Alcázar Lucas y doña María Luz Alonso Pacheco, debo condenar y condeno a doña Isabel García Sacristán a abonar 1.199,77 euros, a doña María Luisa Alcázar Lucas a abonar 1.077,51 euros y a doña María Luz Alonso Pacheco a abonar 641,81 euros, todas ellas a la empresa “Clece, Sociedad Anónima”, absolviéndoles de los restantes pedimentos deducidos en su contra.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña María Luz Alonso Pacheco, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.520/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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