Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
24-11-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101124-221

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

221
Demanda 912 de 2010

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 912 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Domínguez González, don Dionisio Domínguez González, don Victoriano Granados Navarro, don Mariano Martín Domínguez, don Adelardo Fernández Galán, don Gregorio Durán Díez, don Francisco Javier Merchán Camacho, don Sergio Calderón Reyes y don Adrián Ramírez Jiménez, contra la empresa “Estructuras Ramos Jordán, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución (decreto de fecha 1 de septiembre de 2010):

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Rafael Domínguez González, don Dionisio Domínguez González, don Victoriano Granados Navarro, don Mariano Martín Domínguez, don Adelardo Fernández Galán, don Gregorio Durán Díez, don Francisco Javier Merchán Camacho, don Sergio Calderón Reyes y don Adrián Ramírez Jiménez, frente a “Estructuras Ramos Jordán, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad.

2. Citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de juicio, a cuyo efecto se señala para el día 1 de diciembre de 2010, a las once y cuarenta y cinco horas.

3 En relación con el interrogatorio de las partes ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tiene por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio de los demandantes asistidos de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada, que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral si los demandantes pretendiesen comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado, lo harán constar en la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Se indicará también a las partes, que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos, o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Ramos Jordán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.080/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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