Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
24-11-2010

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101124-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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Resolución de 27 de noviembre de 2010, de la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2010 para la mejora de la eficiencia energética en flotas de transporte.

Mediante Orden de 13 de mayo de 2010, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio de 2010), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2010, para la mejora de la eficiencia energética en flotas de transporte.

Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de Resolución. No resultó necesario fijar un orden de prelación entre los solicitantes, dado que el crédito consignado en la convocatoria es suficiente para atender todas las solicitudes que reúnen los requisitos exigidos.

A la vista la propuesta de la comisión de evaluación, y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la citada Orden de 4 de junio de 2009, y demás normas concordantes,

HE RESUELTO

Primero

Otorgar subvención a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I.

Segundo

Denegar las subvenciones que se relacionan en el Anexo II por no justificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, según se detalla en dicho Anexo.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 27 de octubre de 2010.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2010), el Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.

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Causas de denegación

No justifica el cumplimiento del requisito o el documento presentado es incorrecto:

1. Documento de identidad del solicitante. Si se trata de entidades colectivas, NIF de la entidad.

2. Escritura de constitución y, en su caso, de modificación de los estatutos sociales, debidamente registradas.

3. Documento de identidad del representante.

4. Documento que acredite la vigencia de las facultades de representación.

5. Documento acreditativo de su domicilio fiscal en la fecha de convocatoria o, si no está domiciliado en la Comunidad de Madrid, licencia municipal de los locales o instalaciones en los que desarrolle su actividad. Si dispone de autorizaciones de transporte residenciadas en la Comunidad de Madrid, bastará con indicar esta circunstancia.

6. Certificado bancario que recoja la identificación completa de la cuenta en la que habrá de efectuarse, en su caso, el ingreso de la subvención, y que acredite que el titular de la misma es el solicitante.

7. Declaración de otras ayudas percibidas o solicitadas para el mismo proyecto o, en caso contrario, declaración de no haber percibido ni solicitado ninguna, y declaración de ayudas percibidas en régimen de “mínimis”, conforme al impreso recogido en anexo II de las bases reguladoras.

8. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo III).

9. Declaración conforme al Anexo IV que permita efectuar la valoración del criterio de estabilidad en la plantilla. En caso de no aportarse, se le asignarán 0 puntos.

10. Certificado justificativo de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, expedido a efectos de solicitar una subvención.

11. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de solicitar una subvención.

12. Certificado de inexistencia de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

13. Presupuesto de costes relativos al proyecto para el que se solicita la subvención.

14. Tres presupuestos de diferentes proveedores, debiendo justificarse expresamente la elección entre ellas cuando esta no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

15. Facturas relativas a los costes del proyecto y justificantes de todos los pagos.

16. Inicio del proyecto a partir de 1 de enero de 2010.

17. Justificación de que el proyecto cumple los requisitos técnicos exigidos por el artículo 3 de las bases reguladoras.

18. Declaración de ejecución del proyecto y de los gastos realizados (Anexo V).

19. Solicitud según modelo normalizado.

20. Presentación de solicitud en plazo.

21. No haber presentado al Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid un proyecto de mejora de mejora de servicios regulares permanentes de viajeros de uso general.

(03/43.850/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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