Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
24-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101124-236

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 3

EDICTO

236
Ejecución 18 de 2010

En las actuaciones número 18 de 2010, ejecución número 18 de 2010, a instancias de doña María Blanca Rivas Vera, contra “Pharmavida Products, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 20 de julio de 2010.

Antecedentes:

Primero.—Por este Juzgado se dictó sentencia el 9 de marzo de 2010, que calificó de nulo el despido de la actora.

Segundo.—Notificada que fue a las partes, la parte actora formuló por escrito de 29 de abril de 2010, la celebración de la comparecencia incidental, con concreción de la cuantía de salarios de trámite a abonar por la parte condenada y la extinción indemnizada de la relación laboral.

Tercero.—Se acordó celebrar la misma el día 16 de julio de 2010, lo que tuvo lugar con la asistencia de la actora y la ausencia de la parte demandada.

Fundamento jurídico:

Único.—Artículo 177.3 de la Constitución, artículos 278, 284 y concordantes de la vigente Ley de Procedimiento Laboral, procede declarar la extinción indemnizada de la relación laboral.

La empresa no ha comunicado a la trabajadora la reincorporación de la misma a su puesto de trabajo.

Parte dispositiva:

Su señoría, el ilustrísimo magistrado-juez de lo social, dice:

a) Se declara extinguida en esta fecha la relación laboral existente entre doña María Blanca Rivas Vera y la empresa “Pharmavida Products, Sociedad Limitada”, a la fecha de dictado de la presente resolución.

b) Se fija en sentencia la cuantía de la indemnización por despido en la de 5.870,31 euros, que habrá de abonar la empresa a la trabajadora.

c) Igualmente, el importe de los salarios dejados de percibir desde el 30 de noviembre de 2009 (fecha de despido) hasta el 20 de julio de 2010 (fecha de la presente resolución) a razón del salario diario de 13,33 euros, lo que asciende a 3.092,56 euros.

d) Dichas cantidades devengarán desde hoy hasta su total pago los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, y se les advierte que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Juzgado de lo social.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Enrique Iván Escalera Reina, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 3 de Sevilla y su provincia.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en forma a la empresa “Pharmavida Products, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido y firmo la presente en Sevilla, a 19 de octubre de 2010.—La secretaria judicial, María José de Góngora Macías.

(03/41.556/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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