Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101123-325

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

325
Ejecución 315 de 2009

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 315 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Radostina Ivanova Zhelkova, contra la empresa “Kara Consultores de Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Kara Consultores de Restauración, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 2.889,75 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Kara Consultores de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.455/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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