Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
19-11-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101119-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Modificación precios públicos talleres municipales y cursos formación

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en sesión celebrada el 21 de octubre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

ASUNTO URGENTE ÚNICO. APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS TALLERES MUNICIPALES Y CURSOS DE FORMACIÓN

En virtud de las atribuciones conferidas por la Alcaldía-Presidencia, por su decreto 41/2010, de 31 de marzo, en concordancia con el acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 3 de julio de 1996, por el que se delega la competencia para el establecimiento o modificación de los precios públicos en la Junta de Gobierno Local, vista la propuesta efectuada por el concejal de Educación, Cultura y Juventud, la Junta de Gobierno Local adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Modificar el artículo 1, el artículo 4.5 y la disposición final de la ordenanza número 22, con la siguiente redacción:

Artículo 1:

“Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en los artículos 41 y 127 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Arganda del Rey como Administración Pública de carácter territorial, por el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se establecen los precios públicos por prestación de servicios de los talleres culturales y juveniles municipales y cursos de formación”.

Disposición final:

“La modificación de la presente ordenanza, aprobada en sesión de Junta de Gobierno Local de 21 de octubre de 2010, comenzará a aplicarse el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Artículo 4.4.5. Cuantías y tarifas:

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Lo que se hará público para general conocimiento mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiéndose de que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante la propia Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquel o su desestimación presunta (artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

En Arganda del Rey, a 26 de octubre de 2010.—La secretaria general, Isabel Sevilla Nohales.

(03/41.583/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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