Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101117-275

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

275
Demanda 130 de 2009

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 130 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Higuera de la Cruz, contra las empresas “Ger. Adm., Sociedad Limitada”, “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, “Cristal Construcciones Yebel, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia número 538 de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando como estimo, la demanda formulada por don Alejandro Higuera de la Cruz, contra “Ger. Adm., Sociedad Limitada”, “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, “Cristal Construcciones Yebel, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a esta a que abone a aquel la cantidad de 2.103,01 euros, incrementada con el 10 por 100 anual en concepto de intereses moratorios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo social, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Debiendo la parte condenada consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado, con el número 4321, clave 65, la cantidad objeto de condena; también deberá acreditar, al tiempo de anunciarlo o en el momento de interponerlo o al tiempo de personarse en la Secretaría de la Sala de lo social, el haber depositado en dicha cuenta la cantidad de 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Ger. Adm., Sociedad Limitada”, “El Fontejón Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Cristal Construcciones Yebel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 27 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.470/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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