Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2010

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101116-13

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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ORDEN 5583/2010, de 10 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del Concurso de Felicitaciones Navideñas para los alumnos de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid, y se convoca la edición correspondiente al año académico 2010-2011.

La Consejería de Educación, con el fin de incentivar la creatividad de los niños madrileños, organiza un concurso de felicitaciones navideñas destinado a los alumnos de Educación Primaria escolarizados en los centros docentes que, con la debida autorización, impartan la etapa de la Educación Primaria en la Comunidad de Madrid. La Consejería de Educación seleccionará, de entre los trabajos realizados por los alumnos, aquel que será utilizado como tarjeta de felicitación institucional por la propia Consejería, contribuyendo así a preservar la tradición y costumbre de la felicitación navideña.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,

DISPONGO

Capítulo I

Bases reguladoras del Concurso de Felicitaciones Navideñas

Artículo 1

Objeto de la norma y ámbito de aplicación

El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras del Concurso de Felicitaciones Navideñas que se convoque anualmente para los alumnos escolarizados en la etapa de Educación Primaria en centros docentes de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Destinatarios

Para participar en la convocatoria del Concurso de Felicitaciones Navideñas será necesario estar escolarizado en Educación Primaria en centros docentes de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Finalidad

La finalidad de la presente Orden es seleccionar el dibujo que será reproducido en la felicitación navideña institucional de la Consejería de Educación.

Artículo 4

Características de los dibujos

1. Los dibujos presentados versarán sobre el tema de la Navidad y deberán ser creaciones originales de los alumnos. Dichos dibujos se realizarán dentro del aula y bajo la supervisión de un maestro.

2. Los dibujos se presentarán en hojas blancas, tamaño DIN A-4, sin doblar. En el dorso de la hoja aparecerá el nombre del alumno, el curso y el centro en el que esté escolarizado, así como la localidad donde se encuentra dicho centro.

3. El dibujo podrá ser realizado utilizando cualquier técnica plástica.

Artículo 5

Fases del concurso

Primera fase:

1. Cada centro docente realizará una convocatoria interna en la que seleccionará un dibujo ganador para cada uno de los ciclos de la etapa.

2. Los centros enviarán los tres dibujos elegidos a la Dirección de Área Territorial correspondiente en el plazo que establezca la convocatoria de cada año académico, con la referencia “Concurso de Felicitaciones Navideñas”.

Segunda fase:

1. Cada una de las Direcciones de Área Territorial seleccionará, a través de un jurado, cinco dibujos de cada uno de los tres ciclos de la Educación Primaria. Dichos dibujos deberán entregarse en un sobre en la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación (calle Alcalá, número 32, cuarta planta, 28014 Madrid), en el plazo que establezca la convocatoria cada año académico.

2. El sobre que cada Dirección de Área Territorial entregará con los dibujos seleccionados a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria llevará la referencia “Concurso de Felicitaciones Navideñas”.

Tercera fase:

La Consejería de Educación seleccionará de entre los dibujos presentados uno por cada ciclo, de entre los cuales saldrá elegido el ganador del concurso.

Artículo 6

Criterios de selección

Los criterios de selección para la elección de la felicitación serán los siguientes:

— El motivo navideño reflejado: 2 puntos.

— La buena técnica pictórica: 4 puntos.

— La edad del autor: 2 puntos.

— La facilidad del original para ser reproducido: 2 puntos.

Artículo 7

Plazo de presentación de las solicitudes

1. El plazo de presentación de las solicitudes será el que se determine en la orden de convocatoria que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID cada año académico.

2. Las solicitudes, así como la documentación adjunta, podrán presentarse por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación. Para ello será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Dichos certificados podrán obtenerse a través de la dirección electrónica www.madrid.org, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y a la normativa vigente aplicable.

Artículo 8

Composición del jurado de cada Dirección de Área Territorial

1. El jurado del concurso estará integrado por los siguientes miembros:

— Ilustrísimo/a señor/a Director/a de Área Territorial, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

— El Jefe del Servicio de la Inspección Educativa, o persona en quien delegue.

— El Jefe del Servicio de la Unidad de Programas Educativos, o persona en quien delegue.

2. El jurado podrá contar con el asesoramiento de cuantos expertos en expresión artística sean necesarios.

Artículo 9

Composición del jurado de la Consejería de Educación

1. El jurado del concurso estará integrado por los siguientes miembros:

— Excelentísima señora Consejera de Educación, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

— Ilustrísima señora Viceconsejera de Educación, o persona en quien delegue.

— Ilustrísima señora Directora General de Educación Infantil y Primaria, o persona en quien delegue.

— Ilustrísimo señor Director General de Becas y Ayudas a la Educación, o persona en quien delegue.

2. El jurado podrá contar con el asesoramiento de cuantos expertos en expresión artística sean necesarios.

Artículo 10

Propuesta de adjudicación de los premios

1. El jurado hará pública el acta definitiva en los tablones de anuncios de las respectivas Direcciones de Área Territorial, así como en la página web www.madrid.org

2. El jurado podrá conceder Menciones Honoríficas a los alumnos que estime oportuno.

Artículo 11

Resolución de la convocatoria y adjudicación de premios

1. La Dirección General de Educación Infantil y Primaria propondrá a la Consejera de Educación, de acuerdo con el acta de propuesta de premios, la resolución de la convocatoria y la adjudicación de los premios, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante la correspondiente Orden de la Consejera de Educación.

2. La Dirección General de Educación Infantil y Primaria establecerá los procedimientos oportunos para la entrega de los premios a los alumnos.

Artículo 12

Reclamaciones

Contra esta Orden, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, computados, tanto este como aquel, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Capítulo II

Convocatoria del Concurso de Felicitaciones Navideñas correspondiente al año académico 2010-2011

Artículo 13

Convocatoria

Se convoca la edición del Concurso de Felicitaciones Navideñas correspondiente al año académico 2010-2011, para los alumnos que estén escolarizados en la etapa de Educación Primaria en los centros docentes que, con la debida autorización, impartan Educación Primaria en la Comunidad de Madrid.

Artículo 14

Requisitos para la participación

El Director de cada centro cumplimentará el modelo de solicitud de participación en el Concurso de Felicitaciones Navideñas, en el que hará constar los datos del centro y de los tres alumnos, uno por cada ciclo, cuya felicitación haya sido seleccionada, y la remitirá a la Dirección de Área Territorial correspondiente junto con los dibujos de los alumnos.

Artículo 15

Plazo de presentación de las solicitudes

Primera fase:

Los centros enviarán los tres dibujos seleccionados a la Dirección de Área Territorial correspondiente antes del día 24 de noviembre de 2010, con la referencia “Concurso de Felicitaciones Navideñas”.

Segunda fase:

Cada Dirección de Área Territorial remitirá a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria los quince dibujos seleccionados, cinco por cada ciclo, antes del día 29 de noviembre de 2010, con la referencia “Concurso de Felicitaciones Navideñas”.

Artículo 16

Premios

La Dirección General de Educación Infantil y Primaria concederá un máximo de tres premios individuales, consistentes en un dispositivo electrónico multimedia de uso personal por un importe máximo de 500 euros cada uno de ellos.

Artículo 17

Aceptación de las bases

La participación en el Concurso de Felicitaciones Navideñas supone la aceptación de lo establecido en la presente convocatoria y en las bases que la regulan.

Artículo 18

Financiación

La convocatoria se financia, con el crédito suficiente y adecuado, con cargo al programa 504 “Educación Infantil, Primaria y Especial”, partida 48390 “Familias: Otras actua- ciones”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 19

Costes presupuestarios

Los costes presupuestarios destinados a la financiación de la convocatoria ascienden a 1.500 euros.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

Se autoriza a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria para dictar cuantas disposiciones precise la aplicación de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de noviembre de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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(03/42.815/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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