Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
11-11-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101111-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

193
Ejecución 290 de 2009

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 290 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Maroto González, contra “Comercial de Vending y Distribución Gourmet, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 7 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Comercial de Vending y Distribución Gourmet, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en situación de insolvencia total por importe de 4.082,26 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Una vez firme, hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, haciéndoles saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicado el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comercial de Vending y Distribución Gourmet, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.922/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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