Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
10-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101110-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

180
Ejecución 208 de 2010

En las actuaciones de ejecución número 208 de 2010, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En la ciudad de Servilla, a 1 de octubre de 2010.—Dada cuenta, y vistos los preceptos citados y demás de pertinente aplicación.

Parte dispositiva:

Primero.—Declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que ligaba a las partes con obligación de la empresa ejecutada “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada”, de indemnizar a don José Vázquez Montoyo, en la cantidad de 21.496,13 euros.

Segundo.—Condeno a la ejecutada “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada” a que abone a la parte ejecutante don José Vázquez Montoyo, los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la sentencia hasta la fecha de esta resolución, cifrada en la cantidad de 7.283,90 euros, sin perjuicio de los que procedan desde la fecha del despido hasta la de notificación de sentencia cifrada en la suma de 8.275,20 euros.

Esta resolución no es firme, pues contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 4022/0000/64/128909, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social, número 3 de Sevilla y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Así por este auto lo acuerdo, mando y firma el ilustrísimo señor don Francisco Manuel de la Chica Carreño, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Sevilla. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Levantina de Grasas y Lubricantes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido y firmo la presente cédula en Sevilla a 1 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.634/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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