Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

148
Juez de paz titular de Becerril de la Sierra

Don José Golderos Cebrián, secretario de Gobierno en funciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintiséis.—Nombramiento de juez de paz titular de Becerril de la Sierra.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra en el que se propone el nombramiento de doña María Isabel Bellod Giménez para el cargo de juez de paz titular; aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 29 de julio de 2010, por once votos a favor, que representa la mayoría absoluta, del número legal.

Atendiendo a los criterios de la Circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz titular de Becerril de la Sierra a doña María Isabel Bellod Giménez.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Colmenar Viejo, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de septiembre de 2010.

(03/40.238/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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