Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
05-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101105-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

128
Ejecución 168 de 2010

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 168 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Anyi Minell Muñetón Rengifo, contra la empresa “Restaurante Olé Olé”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 30 de septiembre de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Anyi Minell Muñetón Rengifo, frente a “Restaurante Olé Olé”, parte ejecutada.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Isabel Oteo Muñoz.—En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Citar a ambas partes de comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, segundo, de Madrid, el día 8 de noviembre de 2010, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión ante este tribunal mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación (artículos 551.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). Advirtiéndose a las partes de que de conformidad al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurante Olé Olé”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.370/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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