Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
05-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101105-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

126
Demanda 435 de 2010

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 435 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Rodríguez Sánchez, contra la empresa “Serinova, Sociedad Anónima”, e “Impresión Marchito Rodríguez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado diligencia de ordenación, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 5 de octubre de 2010.

Por recibido el escrito que antecede, únase a la pieza separada; se tiene por impugnado en tiempo y forma por “Serinova, Sociedad Anónima”, el recurso de suplicación formalizado en su día por la parte recurrente, por lo que se acuerda elevar las actuaciones a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad, con atento oficio.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Así lo ordena, manda y firma el secretario, y doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Impresión Marchito Rodríguez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 5 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.417/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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