Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
05-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101105-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 1

EDICTO

186
Ejecución 220 de 2010

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jerez de la Frontera.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 220 de 2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Manuel Loreto Moreno, contra “Alcalá Coliseo, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la que con fecha 14 de septiembre de 2010 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Su señoría ilustrísima dijo: Se autoriza y despacha ejecución de lo acordado en sentencia de este Juzgado de fecha 4 de junio de 2009, al efecto requiérase a la empresa “Alcalá Coliseo, Sociedad Limitada Unipersonal”, para que abone a don Manuel Loreto Moreno la suma de 1.493,46 euros de principal, más 224 euros presupuestados para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Soledad Ortega Ugena, magistrada-juez por sustitución del Juzgado de lo social número 1 de Jerez de la Frontera.—Doy fe.

Asimismo, y en la misma fecha, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución al ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en forma a “Alcalá Coliseo, Sociedad Limitada Unipersonal”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.359/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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