Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
04-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101104-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

156
Demanda 77 de 2010

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 77 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Gonzalo Folgueiras, contra la empresa “Scandinavian Products, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 12 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto,

Parte dispositiva:

a) Se declara extinguida, con fecha de esta resolución, la relación laboral existente entre la empresa “Sweden Products, Sociedad Limitada”, y el trabajador don Israel Gonzalo Folgueiras.

b) Se declara la obligación de la citada empresa “Sweden Products, Sociedad Limitada”, de abonar al trabajador la cantidad de 7.868,14 euros en concepto de indemnización, así como 7.435,62 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido (22 de diciembre de 2009) hasta la fecha de hoy.

c) No ha lugar a emitir pronunciamiento en relación con la eventual responsabilidad de “Scandinavian Products, Sociedad Limitada”, y “Swittzerland Products, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de las acciones que frente a ellas pudieran caber en procedimiento aparte.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, ante este Juzgado, en el término de cinco días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Scandinavian Products, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.195/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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