Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
04-11-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101104-62

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

62
Embargo de bienes inmuebles

URE 28/01

EDICTO DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES

Gloria Soto González, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con sede en la calle de Juan Bravo, 49 dpdo, 28006 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE EL DEUDOR EN PARADERO DESCONOCIDO: De las actuaciones del expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra los deudores relacionados a continuación resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de la empresa deudora SIMOIS GESTION DE ARTE S , expte 28 01 08 159361, cuyo último domicilio conocido es en Madrid, cl Salustiano Olozaga nº 5, 28001 de Madrid debidamente notificado, se practicó embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Burgos nº 2, garantizando la suma total de 6.439,25 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, que causó la anotación letra D sobre la finca nº 2611.- Embargo 100% del pleno dominio .- Domicilio del inmueble: calle CL Dr. Misael Bañuelos nº 9, Valle de Sedano, Burgos.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores a los ya anotados en el Registro indicado por períodos: entre 11/2008 y 11/2009, ascendentes a la cantidad de 37.055,10 euros, comprensiva de principal, recargo de apremio y costas presupuestadas. Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la citada cantidad.

No siendo posible la notificación a la empresa deudora SIMOIS GESTION DE ARTE SL , a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, procédase a requerirlos para que en el plazo de OCHO DÍAS a partir del siguiente a la publicación de este edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/19999, de 13 de enero, comparezcan ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, para ser notificados debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer y, asimismo se les tendrá por notificados de todas las sucesivas diligencias hasta la finalización del procedimiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, cotitulares, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 103 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicados las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

En Madrid, a 28 DE OCTUBRE de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, GLORIA SOTO FERNÁNDEZ.

URE 28/26

EDICTO DE NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA

D. Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo nº 6 de Madrid,

HACE SABER que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio número: 28 05 06 00496517 contra el deudor PANFALONE GIOVANNI, CCC 28151613418, NIF: 0X0553891M por deudas a la Seguridad Social, con domicilio en C/ Antonio Leyva 52 I 1B de Madrid, se procede a la notificación al deudor y al cónyuge ROCIO NAVAS CERRILLO, con domicilio en C/ Antonio Leyva 52 y 1B de Madrid, de la providencia de subasta pública de bienes inmuebles.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 17 de septiembre de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 2 de diciembre de 2010, a las 10:00 horas, en C/ Agustín de Foxá, 28 - 30 de Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, es el relacionado más abajo.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACION DE BIENES INMUELBES QUE SE SUBASTAN:

LOTE Nº 1, FINCA Nº 1, DESCRIPCION FINCA: 100% PLENO DOMINIO EN CL ANTONIO LEYVA 52 1º B DE MADRID. TOMO 2470 LIBRO 1315 FOLIO 0148 FINCA 059950 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 4 DE MADRID.

IMPORTE DE LA TASACION: 291.430 euros.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES: DEUTSCHE BANK S.A.E., HIPOTECA, IMPORTE: 170.474,70 euros.

TIPO DE SUBASTA: 120.955,30 euros.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA LETRA B, SITUADA EN LA PLANTA PRIMERA, DEL PORTAL SEÑALADO CON EL NUMERO NUEVE, DEL CONJUNTO URBANISTICO SITUADO EN LA CALLE ANTONIO LEYVA DONDE ESTA SEÑALADO CON LOS NUMEROS CINCUENTA Y CINCUENTA Y DOS. OCUPA UNA SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA APROXIMADA, CON INCLUSION DE ELEMENTOS COMUNES, DE CIENTO SEIS METROS CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS. SE DISTRIBUYE INTERIORMENTE EN DISTINTAS DEPENDENCIAS Y SERVICIOS. SUS LINDEROS SON: FRENTE, CONSIDERANDO COMO TAL LA PUERTA DE ACCESO A LA VIVIENDA, CON PATIO PARA TENDEDERO, VIVIENDA LETRA A DE SU MISMA PLANTA Y PORTAL, ACOMETIDAS GENERALES DEL EDIFICIO, RELLANO DE LA PLANTA, HUECO DE ASCENSOR Y HUECO DE ESCALERA; DERECHA ENTRANDO, CON ACOMETIDAS GENERALES DEL EDIFICIO Y CALLE DE LA VERDAD; IZQUIERDA ENTRANDO, PATIO DESTINADO A TENDEDERO Y ESPACIOS LIBRES DEL CONJUNTO URBANISTICO; FONDO, CON ESPACIOS LIBRES DEL CONJUNTO URBANISTICO Y VIVIENDA LETRA C DE SU MISMA PLANTA DEL PORTAL OCHO. A ESTA VIVIENDA LE CORRESPONDE COMO ANEJO INSEPARABLE LO SIGUIENTE: UN CUARTO TRASTERO SEÑALADO CON EL NUMERO UNO, SITO EN LA PLANTA DE SOTANO, Y BAJO SU PROPIO PORTAL, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA APROXIMADA DE SIETE METROS TREINTA Y NUEVE DECIMETROS. CUOTA.- A LA VIVIENDA ANTERIORMENTE DESCRITA SE LE ASIGNA LA SIGUIENTE CUOTA DE PARTICIPACION EN EL TOTAL CONJUNTO URBANISTICO: CERO ENTEROS QUINIENTAS SETENTA Y SIETE MILESIMAS POR CIENTO.

ESTA GRABADA CON CARGAS POR SU PROCEDENCIA.

QUE EL EMBARGO 100% PLENO DOMINIO CORRESPONDIENTE A LA TITULARIDAD DEL APREMIADO Y SU CONYUGE CON ARREGLO AL REGIMEN ITALIANO DE COMUNIDAD DE BIENES.

Madrid, 4 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO VENTURA YEVES DE LA CRUZ.

(01/4.739/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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