Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2010

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101103-124

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

124
Anulados impuesto actividades económicas, ejercicio 2010

Anulados por decreto del alcalde-presidente, de 5 de octubre de 2010, los recibos correspondientes al impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2010, de los obligados tributarios, aprobados mediante decreto el día 2 de septiembre de 2010, por haberse emitido aplicando, sobre las cuotas mínimas municipales del impuesto sobre actividades económicas, un 20 por 100 de recargo provincial en lugar del 0 por 100 (artículo, modificado, Ley 16/1991, de 18 de diciembre).

Aprobado por decreto del alcalde-presidente, de 19 de octubre de 2010, los recibos correspondientes a los obligados tributarios del impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2010. Se pone en conocimiento que el padrón estará a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria, por plazo de un mes a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el alcalde recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

El plazo fijado para el ingreso en período voluntario será del 5 de noviembre de 2010 al 5 de enero de 2011.

Transcurrido dicho plazo sin haberse verificado el ingreso, se procederá su exacción por la vía ejecutiva, con el recargo de apremio, intereses de demora y costas de acuerdo con lo establecido legalmente.

Humanes de Madrid, a 20 de octubre de 2010.—El alcalde, Adolfo Álvarez Sojo.

(02/10.585/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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