Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
27-10-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101027-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

47
Delegación competencias

Visto que el artículo 13 de la Ley 30/2002, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, reguladores de la delegación de atribuciones, dado que las correspondientes a esta Alcaldía-Presidencia y enumeradas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. A tenor de lo establecido en el artículo 43.4, que establece que el alcalde puede efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas.

Visto el decreto de Alcaldía 941/2007, de fecha 18 de junio, en el que se establecen las delegaciones de competencias de materias de las áreas administrativas de este Ayuntamiento en diversos concejales.

Visto el decreto de Alcaldía 2570/2008, de fecha 29 de octubre, en el que se establecen delegaciones de competencias de materias de las áreas administrativas de este Ayuntamiento en doña Laura Vallejo del Saz.

Visto el decreto de Alcaldía 2261/2010, de 1 de octubre, en el que se revocan las delegaciones conferidas al concejal don Francisco Ferrero Benito, y como consecuencia del mismo es necesario llevar a cabo nueva reordenación de competencias, y por tal motivo vengo en decretar las siguientes delegaciones:

Doña Laura Vallejo del Saz, concejal-delegada de Cultura, Turismo, Inmigración y Educación:

1. Cultura:

1.1. Dirigir los servicios culturales del Ayuntamiento de Arroyomolinos.

1.2. Coordinar los servicios de bibliotecas municipales.

1.3. Coordinar los servicios del teatro municipal.

1.4. Coordinar la información en temas culturales para que los vecinos y ciudadanos de Arroyomolinos puedan acceder a las actividades y programas culturales.

1.5. Suscribir convenios para el desarrollo e impulso de la cultura.

1.6. Dirigir la coordinación de los servicios municipales de Cultura con otras Administraciones.

2. Turismo:

2.1. La dirección y gestión de los asuntos que correspondan a su área.

2.2. Suscribir convenios para el desarrollo e impulso del turismo.

2.3. Dirigir la coordinación de los servicios municipales de Turismo con otras Administraciones.

3. Inmigración:

3.1. La dirección y gestión de los asuntos que correspondan a su área.

4. Educación:

4.1. Dirigir los servicios educativos del Ayuntamiento de Arroyomolinos.

4.2. Suscribir convenios para el desarrollo e impulso de la educación.

4.3. Dirigir la coordinación de los servicios municipales de Educación con otras Administraciones.

La presente delegación deberá cumplir las siguientes especificaciones:

a) La captación de recursos, supervisando las solicitudes de ayuda para realización de actividades y servicios que se convoquen por otras Administraciones Públicas en esta materia.

b) La evaluación del servicio, supervisando los informes, memorias, estudios y documentos similares que por los técnicos del servicio se realicen, con la obligación de elaborar una memoria anual que será remitida a la Alcaldía.

c) Impulsar cuantos proyectos, propuestas, programas y medidas se consideren adecuados a los fijados en el programa electoral y por la dirección del alcalde.

d) La custodia de aquellos datos que sean objeto de protección conforme a Ley que figuren en ficheros de carácter personal enmarcados dentro de la presente delegación.

El ejercicio de la presente delegación conlleva la potestad para la firma de los documentos internos del servicio, la firma de los documentos que integren el oportuno expediente administrativo en las materias delegadas en la presente resolución, la firma de las ejecuciones de gasto a través del correspondiente documento de propuesta de gasto, así como la firma de las propuestas o mociones a la Junta de Gobierno Local y al Pleno Municipal.

Dichas delegaciones, enumeradas y determinadas, abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios como gestionarlos, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

La presente resolución surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del siguiente decreto, debiendo ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como deberá darse cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Arroyomolinos, a 1 de octubre de 2010.—El alcalde-presidente, Juan Velarde Blanco.

(03/38.593/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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