Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101018-87

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS

OFERTAS DE EMPLEO

87
Bases y convocatoria una plaza agente Policía Local

Por resolución de Alcaldía de fecha 8 de septiembre de 2010 se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de agente de Policía Local, con cargo a la subvención BESCAM para este Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, mediante sistema de oposición libre.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL (BESCAM) DEL AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS, MEDIANTE ACCESO LIBRE

El Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas (Madrid) efectúa convocatoria pública para cubrir, en régimen de funcionario de carrera, de una plaza de la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local (BESCAM) de este Ayuntamiento, cuyas bases específicas de convocatoria han sido aprobadas por el alcalde del Ayuntamiento el día 8 de septiembre de 2010.

Características de las plazas objeto de la convocatoria

Número de plazas: 1. Categoría: policía, subgrupo C2 (según la equivalencia del anterior grupo D a los nuevos grupos de clasificación de funcionarios, prevista en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), nivel de complemento de destino 15, escala ejecutiva de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase agente de Policía Local, con cargo a la subvención BESCAM, incluida en la plantilla de personal del Presupuesto del Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas (Madrid) del ejercicio 2010.

Bases que regirán el procedimiento selectivo

El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, sucesivas y eliminatorias: oposición libre, curso selectivo de formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y período de prácticas en el municipio y se regirá por las bases establecidas en la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, a través de la categoría de policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, del 22 de octubre de 1997, con excepción de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las referencias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad, que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Presentación de instancias y derechos de examen

La presentación de instancias deberá producirse a través de impreso normalizado en el Registro General del Ayuntamiento, en horas de ocho a quince, de lunes a viernes, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto con la instancia, los aspirantes deberán aportar obligatoriamente la autorización para someterse a las pruebas médicas según el modelo recogido en el anexo III de la señalada Orden 1148/1997.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivo referido a la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid viene impartiendo el curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas por un curso específico teórico y práctico impartido por una escuela oficial de Policía que cuente con autorización de la Dirección General de Tráfico.

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 15 euros, serán satisfechos por los aspirantes en la Tesorería del Ayuntamiento o mediante transferencia bancaria al número de cuenta siguiente: 2100/4050/12/2200009222, y el resguardo de haberse hecho dicho ingreso se adjuntará a la instancia. La falta de justificación del pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

Plazo de presentación de instancias

Veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen publicado las bases específicas de la convocatoria.

Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente composición:

Presidente: un funcionario de carrera con nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso del Cuerpo de que se trate.

Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien se delegue.

Vocales:

— Un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid.

— Tres funcionarios de carrera con nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso del Cuerpo de que se trate.

— Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto, a excepción del secretario del mismo, que tendrá voz pero no voto.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes (la relación de miembros se publicará junto con la relación de admitidos/excluidos en las pruebas).

El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra O, resultante del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año 2010 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Orden de realización de las pruebas

Las pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base octava de la Orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebas físicas; tercero, reconocimiento médico; cuarto, prueba de conocimientos.

En Camarma de Esteruelas, a 8 de septiembre de 2010.

(02/10.107/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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