Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
16-10-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101016-21

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

EDICTO

21
Juicio de faltas 82 de 2010

Doña Patricia Zamorano Eiriz, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 82 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva es como sigue:

Vistos por mí, don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Coslada, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número indicado.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Teodora Pastiu, como autora penalmente responsable de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de multa de treinta y cinco días, a razón de una cuota de 4 euros, que deberá satisfacer en el plazo de una semana a contar desde la notificación de la firmeza de la presente resolución, con la advertencia que de no ser satisfecha quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales, si las hubiere.

Asimismo, la denunciada deberá indemnizar al perjudicado en la cantidad de 50,05 euros.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, mediante presentación de escrito motivado, ante este Juzgado.

Así por este mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Teodora Pastiu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 9 de septiembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/36.476/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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