Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-256

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

256
Demanda 700 de 2009

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 700 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Moreno Llanos, contra la empresa “Industrias Metálicas del Centro, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución (auto de fecha 16 de junio de 2010):

Parte dispositiva:

Tener por desistido a don Francisco Moreno Llanos de la demanda formulada en materia de cantidad contra “Industrias Metálicas del Centro, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

Adviértase a las partes que esta resolución puede ser recurrida en reposición en el plazo de cinco días ante este Juzgado de lo social, y firme que sea el mismo archívense los presente autos.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición decimoquinta, es necesario la constitución de depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias Metálicas del Centro, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 16 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.428/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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