Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
08-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101008-303

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

303
Ejecución 136 de 2009

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 136 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Aljarilla Toribio, contra las empresas “Es Por Ti, Corazón, Sociedad Limitada”, y “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 16 de noviembre de 2010, que es del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 16 de noviembre de 2009.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se recibe diligencia de embargo del Servicio Común de Notificaciones y Embargos.—Doy fe.

Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 16 de noviembre de 2009.

Dada cuenta; la anterior diligencia recibida, únase a los autos de su razón, en su virtud, se ratifican los embargos practicados (artículo 257.1 de la Ley de Procedimiento Laboral) y procédase a la valoración pericial de los bienes embargados a “Es Por Ti, Corazón, Sociedad Limitada”, y “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, en los términos de los artículos 259 y concordantes de la Ley de Procedimiento Laboral; habiendo designado por el decanato al perito don Juan Carlos Casal Álvarez para realizar su actividad para estos Juzgados de lo social.

Dese conocimiento de dicho nombramiento a las partes y terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar para que dentro del segundo día siguiente a la notificación, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que si transcurrido dicho término sin ejercitar este derecho, perderán la facultad de designarlo con posterioridad. Líbrese, asimismo, oficio a la referida oficina de peritos judiciales, a fin de que procedan al desempeño de su cometido en el plazo máximo de ocho días, con traslado de copia de los bienes embargados.

Por presentado el anterior escrito por la parte demandada, únase, y visto su contenido no ha lugar a lo solicitado, y se acuerda el embargo sobre los bienes señalados en el referido escrito:

Un desfibrilador automático, marca “General Electric”, con batería, referencia número 2019198-005, número de serie 4157882.

Un desfibrilador automático, marca “General Electric”, con batería, referencia número 2019198-005, número de serie 4170805.

Armario metálico, para archivo de expedientes de 1,5 metros de altura.

A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Es Por Ti, Corazón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.686/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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