Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
29-09-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100929-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

157
Demanda 1.195 de 2009

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.195 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro David Cacho, contra la empresa “Borlaz, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Alejandro David Cacho, que comparece asistido del letrado don Héctor Manuel Gómez Sánchez, y de otra, como demandada, “Borlaz, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por don Alejandro David Cacho, en concepto de despido, contra la empresa “Borlaz, Sociedad Limitada”, declarándolo improcedente, y condenando a la empresa demandada a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente entre readmitir al demandante en idénticas condiciones de trabajo o le abone una indemnización por importe de 2.113,65 euros, y en ambos casos al pago de los salarios dejados de percibir (10.051,58 euros).

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Alejandro David Cacho y “Borlaz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.151/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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