Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
29-09-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100929-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Demanda 908 de 2009

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 908 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Imaalitane Amar, don Amattouch Ahmed y don Amalitan Abdeslam, contra la empresa “Construcciones y Obras de Ana, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 9 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, dispongo: Declarar resuelta la relación laboral que unía a la parte actora con la demandada desde el día 9 de junio de 2010, y se condena a esta a que indemnice a la parte actora de la siguiente forma:

A don Amalitan Abdeslam: 16.286,74 euros de indemnización y 17.767,35 euros de salarios de tramitación.

A don Immalitane Amar: 16.286,74 euros de indemnización y 17.767,35 euros de salarios de tramitación.

A don Amattouch Ahmed: 9.706,24 euros de indemnización y 17.767,35 euros de salarios de tramitación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2505, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando el número de cuenta corriente 2505, número de procedimiento y persona de empresa que hace el ingreso.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Obras de Ana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.172/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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