Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
27-09-2010

Sección 1.2.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100927-8

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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ORDEN 3096/2010, de 14 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria de puestos de trabajo para su provisión mediante el sistema de Concurso de Méritos, aprobada por Orden 1394/2010, de 11 de mayo, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2010), corrección de errores Orden 1824/2010, de 31 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de junio de 2010).

Aprobada mediante Orden 1394/2010, de 11 de mayo, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2010), la convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos en la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, corrección de errores Orden 1824/2010, de 31 de mayo, de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de junio de 2010).

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Vista la propuesta formulada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía y Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios que se expresan en el Anexo.

En el apartado relativo al complemento específico que figura como Anexo a la presente Orden, debe tenerse en cuenta que dicho complemento ha experimentado una reducción del 5 por 100, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.B.d) de la Ley 4/2010, de 29 de junio, de Medidas Urgentes, por la que se modifica la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010, para su adecuación al Real ­Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la “Puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 14 de septiembre de 2010.—La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, PD (Orden 756/2010, de 25 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo de 2010), la Secretaria General Técnica (firmado).

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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(03/35.920/10)

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Sección 1.2.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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