Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
23-09-2010

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100923-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

35
Delegación competencias

Decreto 942/2010, de 16 de septiembre, del alcalde-presidente:

Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente dicto el siguiente decreto:

Resultando que es importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que esta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía, se hace necesario la delegación de competencias por parte de la Alcaldía-Presidencia en los concejales-delegados.

Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia, de 22 de junio de 2007, se ha nombrado a doña María Carmen López Herrera, como concejala-delegada de Seguridad Ciudadana y Tráfico.

Considerando lo establecido por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en referencia a la competencia que se atribuye al alcalde-presidente para la imposición de sanciones.

Considerando lo establecido por la ordenanza municipal sobre protección de la seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada, donde se regula el régimen sancionador, así como la competencia del alcalde-presidente para la imposición de sanciones por las infracciones descritas en el artículo 3 del citado texto legal.

Considerando lo establecido por el artículo 124.4.ñ), corresponde al alcalde las competencias que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales.

Considerando lo establecido en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de delegar competencias de la Alcaldía, pudiendo esta efectuarse a favor de la Junta de Gobierno, de sus miembros, de los demás concejales y, en su caso de los directores generales, coordinadores generales u órganos similares.

Por todo lo anterior, y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Delegar en doña María del Carmen López Herrera, como concejala-delegada de Seguridad Ciudadana y Tráfico, la competencia para sancionar las infracciones tipificadas por el artículo 3 de la ordenanza municipal sobre protección de la seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

En Fuenlabrada, a 20 de septiembre de 2010.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/35.962/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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