Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
22-09-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100922-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MECO

OTROS ANUNCIOS

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Expropiación forzosa

Se hace público, que por acuerdo municipal plenario del Ayuntamiento de Meco, adoptado en sesión celebrada el día 29 de julio de 2010, se ha acordado iniciar expediente de expropiación forzosa de inmueble sito en la calle Prado, número 5, antes calle José ­Antonio, número 5, que se corresponde con el construido en la parcela con referencia catastral número 2595212VK7829N0001WW, fincas inscritas en el Registro de la Propiedad de Meco, con los números 3.512 y 3.543. El inmueble a expropiar se encuentra incluido en el catálogo de bienes protegidos de las Normas Subsidiarias de Meco de 1997 con el número 11 con régimen de protección de bien de interés cultural con el grado 3.o “protección ambiental” Subgrado A-1 y en el actual Plan General de Meco, que sustituye a las anteriores normas y vigente desde 11 de diciembre de 2009, con el número 11 con el grado de protección ambiental grados 1.o y 3.o.

La expropiación del inmueble conlleva la de los terrenos en los que se emplaza la edificación; constituyendo la causa de expropiación el incumplimiento de las obligaciones de protección y conservación del inmueble, a los efectos del artículo 23 de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; es motivo de interés social para la expropiación y habiendo sido justificada y declarada en el acuerdo la necesidad de ocupación de los terrenos para garantizar la conservación y protección del bien protegido.

Dada la situación de la propiedad inscrita y la no acreditación registralmente del trato sucesorio, además de la notificación a quienes tienen apariencia de propietarios del inmueble, la publicación de este anuncio para general conocimiento y convocar a quienes además puedan ser considerados interesados en el procedimiento, se da traslado del mismo al ministerio fiscal de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Es por ello que se hace y se expone al público el acuerdo adoptado y el expediente instruido, para que durante veinte días hábiles, a contar del siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, puedan cuantos interesados hubiera, conocer el expediente en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes en la Secretaría del Ayuntamiento, con plazo común para presentar alegaciones contra la declaración de necesidad de ocupación y expropiación o contra cualquier otro extremo del expediente, sin perjuicio, de poder hacer uso de cualquier otro medio de oposición admisible en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, y el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Meco, a 23 de agosto de 2010.—El alcalde en funciones, por delegación en ausencia de su titular, el segundo teniente de alcalde, don Francisco Javier Moreno Carlavilla.

(02/8.760/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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