Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
22-09-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100922-81

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

81
Demanda 1.223 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.223 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Luis Alberto Revelo Barrera contra la empresa “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de citación para los actos de conciliación y/o juicio señalados para el día 13 de octubre de 2010, a las once cuarenta y cinco horas, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Diligencia.—En Madrid, a 7 de mayo de 2010.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 8 de septiembre de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Luis Alberto Revelo Barrera contra “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, que se incoa en el día de la fecha por necesidades del servicio y circunstancias concurrentes en la plantilla de la oficina. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 7 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 13 de octubre de 2010, a las once cuarenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al otrosí, digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Al segundo otrosí, digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio, siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la documental, cuando se proponga se acordará.

Ha lugar a la más documental, requiérase a la demandada para que, con quince días de antelación al acto de juicio, aporte los documentos interesados en el escrito de demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con número 2518/0000/30/1223/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.287/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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