Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
15-09-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100915-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90

EDICTO

108
Procedimiento ordinario 513 de 2009

Doña Aurora García Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid.

Hago saber: En los autos de procedimiento ordinario número 513 de 2009 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.—La ilustrísima señora doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al juicio ordinario número 513 de 2009, a instancias del procurador don Jacobo Borja Rayón, con la asistencia del letrado don Antonio Ibáñez Gómez-Olmedo, en nombre y representación de la mercantil “Mercedes Benz Financial Services España EFC, Sociedad Anónima”, como parte demandante, contra la mercantil “Transecuamad, Sociedad Limitada”, don Ludovico Cenón Paredes Maldonado y don Edwin Selvit Celi Jaramillo, como parte demandada, no compareciendo estos en forma con la representación de procurador y la asistencia de letrado, y siendo, en consecuencia, declarados en situación de rebeldía procesal, procede, en nombre de su Majestad el Rey, a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando las pretensiones deducidas por el procurador don Jacobo Borja Rayón, en nombre y representación de la mercantil “Mercedes Benz Financial Services España EFC, Sociedad Anónima”, como parte demandante, contra la mercantil “Transecuamad, Sociedad Limitada”, don Ludovico Cenón Paredes Maldonado y don Edwin Selvit Celi ­Jaramillo, como codemandados, debo condenar y condeno a estos últimos a que abonen a la actora la cantidad de 64.713,83 euros, a lo que habrá que añadir el interés moratorio pactado del 2 por 100 mensual desde la liquidación practicada por la sociedad demandante el día 9 de febrero de 2009, así como las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que deberá prepararse en este Juzgado dentro del término de cinco días, a partir de su notificación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La interposición del recurso de apelación precisará de la constitución de un depósito de 50 euros (clave 02). Las cantidades objeto de depósito deberán ser consignadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número cuenta expediente: 4149 0000 (clave recurso) (número procedimiento, cuatro dígitos) (año).

Si el ingreso se realiza mediante transferencia bancaria, el código y el tipo concreto de recurso se indicarán después de los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).

Así por esta sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Ludovico Cenón Paredes Maldonado, a “Mercedes Benz Financial Services España EFC, Sociedad Anónima”, y a “Transecuamad, Sociedad Limitada”, se expide la presente en Madrid, 8 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/8.822/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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