Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100908-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 1

EDICTO

188
Ejecución 280 de 2010

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Almería.

Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 280 de 2010, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Francisco Pérez Díaz, contra “Estructuras Mesán, Sociedad Limitada”, “Manuel Redondo e Hijos, Sociedad Limitada”, y “Expone Producción, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 28 de junio de 2010, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Auto

En Almería, a 28 de junio de 2010.—Dada cuenta y;

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima, dijo: procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 2.470,91 euros en concepto de principal, más la de 494,18 euros, calculados para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de las deudoras que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las ejecutadas a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerdo, manda y firma el ilustrísimo señor don Diego Miguel Alarcón, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Almería.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Expone Producción, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resolución que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.972/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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