Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
03-09-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100903-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Ejecución 21 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 21 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robustiano Villalba Oliva, contra don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo, y “E-2-R, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto aprobando la tasación de costas, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Aprobar la tasación de costas practicada por importe de 348 euros, a cuyo pago resultan condenados don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo y “E-2-R, Sociedad Anónima”, en las presentes actuaciones. Constando consignada la cantidad de 3.749,25 euros, expídase el correspondiente mandamiento de devolución por importe de 348 euros en concepto de tasación de costas, y existiendo un sobrante de 3.401,25 euros, procédase a su devolución a don Pedro María Rodero de Lamo mediante transferencia bancaria a la entidad que ha efectuado dicho ingreso.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 2510 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Carlos Rodero de Lamo, don Pedro María Rodero de Lamo, y “E-2-R, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.813/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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