Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
30-08-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100830-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

URBANISMO

49
Estatutos y bases actuación Junta Compensación AD-8

Por decreto de 1 de julio de 2010, de Alcaldía, se ha aprobado definitivamente los estatutos y bases de actuación para la Junta de Compensación de la AD-8, de acuerdo con el siguiente contenido:

Decreto.—A la vista del informe técnico y jurídico de los estatutos y bases de actuación para la Junta de Compensación de la AD-8, y dado que no se han presentado alegaciones al mismo durante los plazos de información pública y audiencia a los interesados, resuelvo:

1. La aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación para la Junta de Compensación de la AD-8.

2. Disponer, asimismo, la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como la publicación de un diario de gran difusión en la Comunidad de Madrid.

3. Notificar individualmente a los propietarios el ámbito, así como a los interesados que hayan comparecido en el expediente, la aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación para la Junta de Compensación de la AD-8.

4. Requerir a los propietarios no incorporados a la Junta para que en el plazo de un mes procedan a su incorporación a la Junta de Compensación con la advertencia formal que, de no hacerlo, procederá la expropiación forzosa de sus bienes y derechos incluidos en el ámbito de la AD-8, según lo dispuesto en la legislación vigente.

5. Requerir, transcurrido el plazo expresado en el párrafo anterior, a los propietarios incorporados a la Junta de Compensación para que mediante escritura pública procedan a su formal constitución.

6. En base al acuerdo plenario de 23 de junio de 2009, designar como representante municipal en la Junta de Compensación y sus órganos de gobierno a don Víctor Labarquilla.

7. Solicitar del Registro de la Propiedad la afección registral de las fincas incluidas en el ámbito de la AD-8, a los efectos prevenidos en el artículo 169 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente en el plazo de dos meses desde la resolución del recurso potestativo de reposición o, en su caso, desde la publicación de la presente, sin perjuicio de la interposición de cuantos otros derechos considere para la defensa de los intereses de los afectados.

Lo que se hace público para su conocimiento y oportunos efectos.

Paracuellos de Jarama, a 1 de julio de 2010.—El alcalde, Pedro Antonio Mesa.

(02/8.731/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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