Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-79

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Presupuesto ejercicio 2010

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto de este Ayuntamiento, aprobado definitivamente para el ejercicio 2010, resumido por capítulos:

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Asimismo y conforme dispone el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se publica la plantilla de personal con el siguiente resumen:

1. Personal funcionario:

1.1. Denominación del puesto: funcionario de habilitación estatal.

Subescala: Secretaría-Intervención, grupo A1, nivel 28.

Número de puestos: 1.

1.2. Denominación del puesto: técnico de gestión.

Grupo A2, nivel 24.

Número de puestos: 1.

2. Personal laboral:

2.1. Denominación del puesto: administrativo.

Número de puestos: 1.

2.2. Denominación del puesto: auxiliar administrativo.

Número de puestos: 1.

Vacante: 1.

Forma de acceso: turno libre.

Provisión: concurso-oposición.

2.3. Denominación del puesto: operario de cometidos múltiples.

Categoría: oficial.

Número de puestos: 2.

2.4. Denominación del puesto: operario de cometidos múltiples.

Categoría: peón.

Número de puestos: 2.

Vacantes: 1.

Forma de acceso: turno libre.

Provisión: concurso-oposición.

2.5. Denominación del puesto: personal de limpieza.

Número de puestos: 2.

3. Personal eventual:

3.1. Denominación del puesto: asesoramiento técnico y urbanístico.

Número de puestos: 1.

Titulación exigida: arquitectura técnica.

Retribuciones: 20.180,10 euros.

3.2. Denominación del puesto: apoyo administrativo a las Concejalías.

Número de puestos: 1.

Titulación exigida: bachillerato.

Retribuciones: 14.263,44 euros.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Valdeavero, a 6 de agosto de 2010.—El alcalde, Francisco Javier Quintana Gundín.

(03/32.698/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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