Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

161
Ejecución 103 de 2009

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 103 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Antonio Rodríguez Cerro y don Ildefonso García Calleja, contra las empresas “Tecnologías Electrónicas Tecnocom, Sociedad Anónima”, y “BKN Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 27 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Se decreta el embargo de las cantidades que obran consignadas a favor de la empresa “Tecnologías Electrónicas Tecnocom, Sociedad Anónima”, en el procedimiento de títulos judiciales número 831 de 2009, seguido ante el Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid, y que ascienden a la cantidad de 17.979,55 euros en concepto de intereses y costas presupuestadas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Tecnologías Electrónicas Tecnocom, Sociedad Anónima”, y “BKN Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.812/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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