Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

183
Ejecución 181 de 2010

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 181 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Gómez Sánchez, contra la empresa “Asistencia Eléctrica e Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución por importe de 2.872 euros en concepto de principal, más la cantidad de 172,32 euros y 287,20 euros presupuestados para intereses y costas, a favor de la parte ejecutante don Javier Gómez Sánchez, frente a “Asistencia Eléctrica e Instalaciones, Sociedad Limitada”.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Así lo mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Eléctrica e Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.979/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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