Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
21-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100821-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

46
Ejecución 60 de 2010

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 60 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Corbacho Magariño, contra la empresa “Eurodirección París, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 15 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 15 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Digo: Declaro procedente la ampliación de la ejecución frente a la empresa “Servodir, Sociedad Limitada”, como sucesora de la ejecutada “Eurodirección París, Sociedad Limitada”. Continúe la ejecución despachada frente a ambas empresas de forma solidaria.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Eurodirección París, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.559/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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