Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
21-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100821-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

60
Demanda 343 de 2010

Doña Margarita Martínez Álvarez, secretaria de lo social del número 23 de los de Madrid (refuerzo).

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Santos Solio Castro Muñoz, contra Fondo de Garantía Salarial y “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 343 de 2010, se ha dictado sentencia número 418 de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Santos Solio Castro Muñoz, frente a la empresa “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa al demandante con efecto del día 18 de enero de 2010, declarando resuelta la relación laboral y condenando a la demandada a que indemnice al demandante en la cantidad de 951,18 euros y los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de notificación de la sentencia, a razón de 42,27 euros/día.

Que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria, en los supuestos y con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Y para que sirva de notificación a “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 22 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.763/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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