Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
20-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100820-211

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

211
Demanda 349 de 2010

Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 349 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Gladys Morales Asa contra la empresa “Vita Dental España, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya copia se adjunta.

Diligencia.—En Madrid, a 15 de julio de 2010.—La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, con fecha 10 de marzo de 2010, la demanda presentada por doña Gladys Morales Asa, contra “Vita Dental España, Sociedad Anónima”, en materia de ordinario.—De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 15 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 21 de septiembre de 2010, a las diez y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al primer otrosí: se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, a los efectos oportunos.

Otrosí: se tiene por designado al letrado don Manuel Antonio García Martínez, con domicilio en calle Apocada, número 22, primero izquierda, 28004 de Madrid.

Otrosí: ha lugar, y cítese al representante legal de la empresa demandada para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, con el apercibimiento de que si no comparece sin justa causa podrá ser tenida por confesa en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Otrosí: ha lugar a la prueba documental, requiriéndose a la demanda según lo solicitado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de veinticinco euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite (Disposición adicional decimoquinta de la Ley de Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).

El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, sita en “Banesto”, calle Orense, número 19, número cuenta corriente 2522.

b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los 20 dígitos: 0030 1143 50 0000000000 y en conceptos indicar el número de cuenta corriente 2522, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la ilustrísimo/a magistrado/a.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vita Dental España, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.438/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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