Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
20-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100820-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Demanda 600 de 2007

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 600 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Brunel Gómez, contra don Valentín Manuel Murga Llorente, “Murillo, Sociedad Anónima”, y “Llomur, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 26 de febrero de 2010.

Visto el estado de las actuaciones, póngase nuevamente a disposición de la entidad “Gestión Jurídica, Sociedad Limitada”, mandamiento de devolución por importe de 60,90 euros, bajo apercibimiento de que si en el término de diez días no comparece al objeto de hacerse efectivo, se procederá a su ingreso en el Tesoro Público.

Estese al archivo de lo acordado.

Notifíquese esta resolución.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Valentín Manuel Murga Llorente, “Llomur, Sociedad Anónima”, y “Murillo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.397/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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