Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
20-08-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100820-255

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

255
Ejecución 56 de 2010

Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 56 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pavel Ivanov Pavlov, contra la empresa “Estudios Promocionales y Movimientos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Propuesta de auto de la secretaria judicial, Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 4 de marzo de 2010.

Dispongo:

a) Despachar la ejecución solicitada por don Pavel Ivanov Pavlov indicada en los hechos de esta resolución por un principal de 2.664,68 euros, más 426,34 euros que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo en bienes de la demandada en cantidad suficiente a cubrir dichas cantidades, las que se embargan en este procedimiento al que este se acumula, por estar las mismas afectadas a cubrir el total de las ejecuciones acumuladas.

c) Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada, que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios de hasta 601,01 euros por cada día que se retrase.

e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a la número 162 de 2009, seguida en este Juzgado a instancias de don Pavel Ivanov Pavlov, contra la misma ejecutada, “Estudios Promocionales y Movimientos, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de todas la ejecuciones acumuladas a un total de 36.092,08 euros más 5.668,91 euros para intereses y costas. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en esto autos y de los particulares necesarios a la ejecución a la que esta se acumula.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Fernando Lisbona Laguna.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estudios Promocionales y Movimientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 16 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.314/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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