Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100818-98

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

URBANISMO

98
Proyecto reparcelación

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 6 de agosto de 2010, acordó aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación correspondiente al ámbito del Sector 7 “El Olivar Grande” (residencial), del Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo, siendo la parte dispositiva del acuerdo la siguiente:

«Primero.—Prestar aprobación definitiva al proyecto de reparcelación correspondiente al ámbito del Sector 7 “El Olivar Grande” (residencial), del Plan General de Ordenación Urbana del municipio, elaborado por el arquitecto don Javier Presencio Revilla, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid en fecha 28 de junio de 2010 y formulado a este Ayuntamiento por la Junta de Compensación de dicho ámbito, sujetando esta aprobación definitiva a las consideraciones contenidas en los informes emitidos por el arquitecto municipal en fechas 27 de mayo y 16 de diciembre de 2009; 24 de marzo, 31 de mayo, 1 y 2 de julio de 2010, así como a los informes de la Vicesecretaría General de fechas 21 y 28 de abril de 2010, condicionando, pues, la eficacia del presente acuerdo al previo cumplimiento de las siguientes prescripciones:

a) Las parcelas de cesión gratuita al municipio no deberán estar afectadas por infraestructuras eléctricas existentes u otras cargas, pues este debe obtenerlas libres de cargas y gravámenes, conforme lo establecido en el artículo 179 del Reglamento de Gestión Urbanística.

b) Deberá respetarse la situación o localización de los centros de transformación conforme a lo especificado en el Plan Parcial correspondiente.

c) Deberá cumplirse la normativa de aplicación en las parcelas resultantes de la ordenación.

d) La parcela M-2.4, declarada litigiosa en el proyecto de reparcelación, no cumple ni el frente de calle mínimo ni la superficie mínima de parcela, debiendo agruparse con la M.2.3 o M.2.5 una vez resuelta su condición de litigiosa.

e) Deberá urbanizarse el Sistema General SO.7, que, entre otros, da servicio al Sistema General Equipo S3.7.

Segundo.—Aceptar la consideración, en el proyecto de reparcelación ahora aprobado, como fincas de titularidad dudosa o litigiosa, conforme a lo previsto en el artículo 103.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como artículo 10 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbana, las siguientes:

Parcela 58. Polígono 5-Finca 12.537 Camino Cementerio. 8B (finca catastral número 9921203VK5792S0001KT).

Polígono 5-Parcela 9002 (Camino del Arca del Agua) 8D.

Polígono 6-Parcela 9002 (Camino de las Bocas) 8E.

Polígono 5-Parcela 9003 (Camino de Mejorada a Loeches) 8F.

Polígono 6-Parcela 9003 (Camino de Loeches) 8G.

Polígono 7-Parcela 9004 (Camino) 8H.

Tercero.—Conforme a lo indicado en el cuerpo de los presentes acuerdos, este Ayuntamiento se reserva la posibilidad de ejercer acciones legales en el futuro con objeto de reivindicar el pleno dominio de la parcela catastral 38 del polígono 6, en el supuesto de que apareciera con posterioridad título legítimo que permitiera proceder a dicha reivindicación, en su caso.

Cuarto.—Establecer que la formalización del proyecto de reparcelación ahora aprobado se efectúe mediante su protocolización en escritura pública, conforme a lo establecido en los artículos 4 y siguientes del Real Decreto 1093/1997, de 4 de junio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.

Quinto.—De conformidad con lo establecido en los artículos 108 y 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, notificar el presente acuerdo a todos los interesados en el expediente y proceder a la publicación del presente acuerdo mediante el correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de los de mayor difusión en el territorio de la Comunidad de Madrid».

Mejorada del Campo, a 12 de agosto de 2010.—El concejal-delegado de Urbanismo, Industria, Vivienda y Medio Ambiente, Miguel Valero Camacho.

(02/8.430/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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