Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
16-08-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100816-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

URBANISMO

86
Plan especial delimitación parcelas

Se hace saber que por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2010, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar la alegación presentada por don Antonio Morago de la Torre por los motivos expuestos en informe emitido por el arquitecto municipal con fecha 14 de agosto de 2009, que obra en el expediente administrativo.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial aplicable a la delimitación que conforman las parcelas situadas frente a la calle Solanilla, entre la calle Cuesta y el callejón de Solanilla y a la calle Carretas, entre la calle Cuesta y el edificio de titularidad pública ocupado en la actualidad por la empresa municipal de “Fomento y Desarrollo Municipal, Sociedad Anónima”, que tiene su acceso por el número 27 de la calle Solanilla, con la finalidad de mejorar la ordenación pormenorizada que le otorga el Plan General de Ordenación Urbana en vigor y ajustar alineaciones en la calle Carretas.

Tercero.—Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva del presente Plan Especial al órgano competente de la Comunidad de Madrid en el plazo de diez días y, remisión de un ejemplar del documento técnico al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID conforme dispone el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, y notificación del mismo a la propiedad de los terrenos objeto del presente Plan Especial.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa. Contra los vicios específicos de que adoleciere el acto de aprobación puede interponerse potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el mismo órgano que lo dictó, o bien recurso contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Contra el contenido del Plan Urbanístico aprobado, solo podrá interponerse directamente el mencionado recurso contencioso-administrativo, en el mismo plazo y ante el mismo órgano jurisdiccional, por su naturaleza de disposición general.

Arganda del Rey, a 27 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Pablo José Rodríguez Sardinero.

(03/32.157/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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