Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
14-08-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100814-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1

EDICTO

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Juicio de faltas 106 de 2009

Doña Ana Jiménez Delgado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 106 de 2009 se ha acordado notificar a don Abrahán Arenas López, que actualmente se halla en paradero desconocido, la sentencia de fecha 25 de marzo de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 64 de 2009

En Pozuelo de Alarcón, a 25 de marzo de 2009.—Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 106 de 2009 ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia:

Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 106 de 2009, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de hurto, en el que intervinieron don Francisco Soto Carranza y don Abrahán Arenas López, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido: Que debo condenar y condeno a don Abrahán Arenas López, como autor de una falta de hurto, a la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de 10 euros, y debiendo indemnizar al centro comercial en la cantidad de 86,84 euros, y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago, y con expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial, recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a don Abrahán Arenas López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 19 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/30.335/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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