Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
14-08-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100814-29

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

EDICTO

29
Juicio de faltas 40 de 2009

Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 40 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés (Madrid), a 3 de marzo de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número señalado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, don Blanco y doña Claudia Catana Oana, en atención al siguiente.

Fallo

Que condeno a doña Claudia Catana Oana, por su autoría de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, o al arresto legal sustitutorio en caso de impago.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito, a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Claudia Oana Catana, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 9 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/30.319/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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